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CÓDIGO ÉTICO DE LAS ORGANIZACIONES DE VOLUNTARIADOTexto Aprobado por la Asamblea General Extraordinaria de la Plataforma para la Promoción del Voluntariado en España, celebrada en Madrid, el 18 de Noviembre de 2000 PRESENTACIÓNLas Organizaciones de Voluntariado han experimentado en los últimos años un aumento significativo, tanto cuantitativa como cualitativamente, como expresión del crecimiento del sentimiento de solidaridad en la sociedad civil y como respuesta a las necesidades sociales, desde un compromiso compartido con el Estado, el sector privado y las ONG. Desde la Plataforma para la Promoción del Voluntariado en España (PPVE), valorando el voluntariado como espacio de encuentro para compartir los valores que representa, se inició, en el año 1999, un proceso de reflexión en torno a la idea de elaborar un “CÓDIGO ÉTICO DE LAS ORGANIZACIONES DE VOLUNTARIADO”, como instrumento de reflexión y formación para la acción. En la Asamblea General Extraordinaria celebrada el pasado 18 de noviembre de 2000 fue aprobado el presente Código Ético. Con la publicación del mismo pretendemos su divulgación con la finalidad de que, tanto las entidades miembros de la PPVE como otras organizaciones de voluntariado, lo conozcan, lo estudien y se adhieran al mismo. También deseamos que este “Código Ético de las Organizaciones de Voluntariado” sea conocido y divulgado en el resto de ámbitos con los que se relaciona el mundo del voluntariado. Juan Reig Martín Presidente I. DEFINICIÓN DE ORGANIZACIONES DE VOLUNTARIADOEntendemos por organizaciones de voluntariado aquellas que son de iniciativa social y de carácter privado sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que desarrollan su actividad prioritariamente en el ámbito de la acción social, a favor de los demás y de intereses sociales colectivos. Llevan a cabo sus actividades fundamentalmente con voluntarios aunque cuenten con profesionales remunerados, complementando esfuerzos y funciones. II. FINES DE LAS ORGANIZACIONES DE VOLUNTARIADOSon fines de las organizaciones de voluntariado: 1. Detectar las necesidades sociales de su entorno y analizar las causas locales y globales que simultáneamente las generan. 2. Denunciar todas aquellas situaciones que atenten contra los derechos humanos, sociales y económicos. 3. Establecer cauces de diálogo y espacios de debate que generen procesos de resolución de conflictos. 4. Intervenir en la realidad social, previamente asumida, a través de una acción social transformadora. 5. Estimular la participación de la ciudadanía en los asuntos que les afectan y profundizar en los valores fundamentales de la democracia. 6. Promover el desarrollo del Estado Social y de Derecho asegurando su mantenimiento y potenciando el desarrollo de la justicia social, recordando al Estado sus obligaciones y haciendo visible que el voluntariado no sustituye ninguna responsabilidad del mismo Estado. 7. Fomentar una cultura de la solidaridad que incida en la creación de una verdadera conciencia social solidaria entre la ciudadanía. III. RELACIONES DE LAS ORGANIZACIONES DE VOLUNTARIADOEntendemos la relación como un elemento constitutivo del voluntariado y de las organizaciones de voluntariado, más allá de considerarse como un instrumento adicional. La relación constituye uno de los ejes que atraviesan transversalmente la acción voluntaria, como resorte de funcionamiento y como aportación cultural en el actual contexto social. III. 1. Relaciones con los grupos, colectivos y personas destinatarios de la acción voluntariaEl principio motor que rige nuestra acción ha de basarse en el respeto absoluto a la dignidad de la persona, lo cual supone enfrentarse contra todo intento de degradación, manipulación o exclusión, y trabajar con estas personas y grupos por su dignificación, a través de la satisfacción de sus necesidades básicas y la consecución de sus derechos humanos, sociales y económicos. Para ello:
III. 2. Relaciones con los voluntariosLas organizaciones de voluntariado deberán:
III. 3. Relaciones con otras organizaciones socialesLas organizaciones de voluntariado promoverán, junto con otros actores sociales, la generalización de una cultura de la coordinación y la complementariedad en las acciones. Para conseguirlo trabajarán por:
III. 4. Relaciones con los organismos públicosLas organizaciones de voluntariado han de mantener una relación con los organismos públicos que sea crítica y cordial, al mismo tiempo, basada en los valores de la claridad, la coordinación y la complementariedad, superando así la falsa dicotomía público-privado. Entre los rasgos que han de perfilar la coordinación por parte de las organizaciones de voluntariado en relación con las actuaciones públicas, entendemos que hemos de trabajar por:
III. 5. Relaciones con los organismos privadosEntendemos por organizaciones privadas todas aquellas empresas, fundaciones, obras sociales u otras organizaciones que puedan destinar fondos a la financiación de organizaciones de voluntariado. El principio de relación, definido en la introducción de este apartado, engloba los vínculos que se establecen entre las organizaciones privadas y las organizaciones de voluntariado. Ahora bien, entendemos que desde nuestras organizaciones deben establecerse criterios que otorguen cierta calidad ética a este principio relacional. Los criterios mínimos que configuran estas complejas relaciones son:
III. 6. Relación con la sociedad en generalLas organizaciones de voluntariado formamos parte del entramado social y estamos convocados a la construcción, mejora y transformación de esta sociedad desde el ejercicio de la solidaridad. La principal relación que entablamos en el seno de nuestra sociedad se establece en la actividad cotidiana de la acción voluntaria organizada. Los criterios generales que guían estas relaciones son los siguientes:
IV. DIFUSIÓN, APLICACIÓN Y CUMPLIMIENTODifusiónLa Plataforma para la Promoción del Voluntariado en España (PPVE) se compromete a difundir este Código Ético entre las organizaciones miembros de la misma y la sociedad en general. En este sentido la PPVE publicitará, en cuantas acciones informativas y divulgativas realice, el presente Código como marco de referencia común de las organizaciones de voluntariado. A su vez, las entidades que suscriban el presente Código deberán hacerlo llegar, a través de sus canales de información y/o formación, a los voluntarios y demás personas implicadas en la acción voluntaria. AplicaciónEl presente Código Ético deberá ser suscrito formalmente por todas y cada una de las organizaciones miembros de la PPVE, a través de sus organismos competentes, debiendo notificarlo en el plazo de un año a partir de su aprobación en Asamblea General de la PPVE. Todas aquellas organizaciones de voluntariado que soliciten, con posterioridad a la aprobación del presente Código Ético, su ingreso en la PPVE deberán suscribirlo previamente. Se podrán adherir a este Código Ético cualquier otra organización de voluntariado no perteneciente a la PPVE, sometiéndose a la comisión que vele por el cumplimiento del mismo en los términos que se establecen en el punto siguiente. CumplimientoTodas las organizaciones de voluntariado que suscriban el presente Código Etico adquieren el compromiso de su cumplimiento. Para garantizar este compromiso, se creará una Comisión de Seguimiento del Código Etico. Sus funciones serán:
Se establecerán dentro de la PPVE los marcos estatutarios y de reglamento de régimen interno que posibiliten el cumplimiento del presente Código, además de fijar, en su caso, las medidas sancionadoras para las organizaciones de voluntariado miembros y aquellas otras que se hayan adherido.
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